Carné de conducir, siempre debemos llevarlo.
Los documentos y accesorios que cada vez tenemos que llevar en el coche son menos, antes, por obligación teníamos que llevar un juego de lámparas por si se nos fundía alguna (y nadie, a no ser que fuese mecánico sabía como cambiarla) recibo de en como teníamos al día el pago del seguro, documentación del coche, impuesto de rodaje, etc.
Por supuesto a día de hoy llevar el kit de lámparas para cambiar una bombilla es impensable.
Con la digitalización prácticamente no tenemos que llevar ninguno, pero es conveniente siempre llevar la documentación del coche, la etiqueta de la ITV perfectamente puesta en la parte superior derecha del parabrisas y el recibo del seguro, este último, ya que los agentes de la DGT están conectados con las bases de datos de las compañías de seguros y de forma inmediata saben si tenemos seguro o no, muchas policías locales no lo están y entonces para evitar largas esperas hasta que lo comprueban es conveniente llevarlo en el coche.
Pero hay otro documento que sí debemos llevar de forma obligatoria que es el carné de conducir y este es un elemento que debemos revisar de vez en cuando y que por defecto no hacemos, ya que tiene una fecha de caducidad y debemos renovarlo.
Al ser una renovación del carné de conducir muy “espaciada en el tiempo”, hablamos de diez años nos olvidamos de verlo y podemos tener una “sorpresa” ya que al estar caducado nos pueden sancionar con 200€, (y lo digo por experiencia), por eso, de vez en cuando conviene echarle un ojo para ver la fecha de caducidad.
Cara al 2025 la DGT se ha puesto más “dura” a la hora de renovar el carné de conducir, con un control más estricto en la duración de este, sobre todo en personas de cierta edad, ya no se renovará por 10 años sino por periodos de tiempo más cortos y también hay una serie de enfermedades que podrán imposibilitar la renovación del carné de conducir.
Entre estas enfermedades nos encontramos con. -
Enfermedades cardíacas: infartos, arritmias, insuficiencia cardíaca.
Enfermedades neurológicas: epilepsia, Parkinson, Alzhéimer, demencia.
Enfermedades mentales: depresión, trastornos de ansiedad, esquizofrenia.
Otras: trastorno del sueño, problemas de visión o audición.
Dolencias oncológicas, Enfermedades digestivas, Enfermedades endocrinas, Enfermedades oncológicas, Enfermedades respiratorias, Hipotiroidismo y paratiroides, Marcapasos, Nefropatía con diálisis, Problemas vasculares, Prótesis valvulares, Trasplante renal, Trastorno obsesivo-compulsivo.
Realmente hay enfermedades que, si pueden trastocar o impedir la conducción de un vehículo y que a lo mejor influir en un accidente, pero hay otras que realmente no van a influir más que un “dedo roto” o una noche de mal sueño.
Según estas “posibles” enfermedades, se la puede impedir a un enfermo que haya pasado un cáncer, que esté en quimioterapia o por ejemplo con un endocrino para bajar de peso o alguien que tenga asma conducir? Realmente son muy rigurosas y llevarlas a cabo inviables.
En caso de padecer alguna de estas enfermedades o estar en tratamiento médico siempre debemos presentar un informe médico detallado de nuestro tratamiento para renovar el carné de conducir.
Son medidas para bajar los accidentes y fallecidos en las carreteras, pero algunas muy extremas y realmente de muy difícil aplicación.
Otra de las formas para bajar los accidentes de circulación y no solo la renovación del carné de conducir es tener un coche con los últimos avances en seguridad y en VALDISA tienes la mayor amplia del mercado tanto en coches nuevos, kilómetro 0 o seminuevos con total garantía y con la mejor financiación.
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